08.07.2021

Acta de la Independencia Nacional

La fecha del 9 de julio tiene una importancia trascendente para los argentinos, ya que el martes de esa fecha de 1816 fue declarada ia Independencia Nacional del reino de España y de toda otra dominación extranjera.

Siendo que Argentina es la sede de CARDIOLATINA y que muchos de sus miembros pertenecen a dicha nacionalidad, la NOTICIA DEL DÍA para conmemorarlo se permite transcribir el Acta que fuera firmada entonces

El Acta de la Independencia fue declarada por el Congreso de las Provincias Unidas en Sudamérica.

En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de 1816: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España, los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados ¿Si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fixando en su virtud la declaración siguiente:

«Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas, y cada una de ellas, así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, baxo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. Y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.» Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.

El 19 de julio, en sesión secreta, el diputado Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento, con la intención de bloquear algunas opciones que se contemplaban en aquel momento por las que se pasaría a depender de alguna otra potencia distinta de España. Donde decía «independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli», se añadió:

«…y toda otra dominación extranjera»

 

Firmantes de la Declaración de la Independencia

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Congreso de Tucumán, por Francisco Fortuny.

Los 29 diputados del Congreso de Tucumán que suscribieron el acta de Independencia declarada por el Congreso de las Provincias Unidas en Sud América fueron:

Presidente

  • Francisco Narciso de Laprida, diputado por San Juan

Vicepresidente

  • Mariano Boedo, diputado por Salta

Secretarios

  • José Mariano Serrano, diputado por Charcas
  • Juan José Paso, diputado por Buenos Aires

Diputados

  • Por Buenos Aires
    • Dr. Antonio Sáenz
    • Dr. José Darragueira
    • Fray Cayetano José Rodríguez
    • Dr. Pedro Medrano
    • Dr. Esteban Agustín Gascón
    • Dr. Tomás Manuel de Anchorena
  • Por Catamarca
    • Dr. Manuel Antonio Acevedo
    • Dr. José Eusebio Colombres
  • Por Córdoba
    • Eduardo Pérez Bulnes
    • José Antonio Cabrera
    • Lic. Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera
  • Por Jujuy
    • Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante
  • Por La Rioja
    • Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros
  • Por Mendoza
    • Tomás Godoy Cruz
    • Dr. Juan Agustín Maza
  • Por Salta
    • Dr. José Ignacio de Gorriti
  • Por San Juan
    • Fray Justo Santa María de Oro
  • Por Santiago del Estero
    • Pedro Francisco de Uriarte
    • Pedro León Gallo
  • Por Tucumán
    • Dr. Pedro Miguel Aráoz
    • Dr. José Ignacio Thames
  • Por Mizque
    • Pedro Ignacio Rivera
  • Por Charcas
    • Dr. Mariano Sánchez de Loria
    • Dr. José Severo Malabia
  • Por Chichas (incluyendo a Tarija)
    • Dr. José Andrés Pacheco de Melo

En esa sesión no estuvieron presentes cinco diputados:

  • el coronel José Moldes (Salta), que se encontraba detenido en Salta;
  • el coronel Juan José Feliciano Fernández Campero (Chichas), que estaba al mando de tropas en el frente de combate;
  • el presbítero Miguel Calixto del Corro (Córdoba), que estaba realizando una misión diplomática ante José Artigas;
  • el médico Pedro Buenaventura Carrasco (Cochabamba), que estaba en servicio en el Ejército del Norte;
  • el diputado Juan Martín de Pueyrredón (San Luis), que había viajado a Buenos Aires para asumir el cargo de Director Supremo.

Auspicios Institucionales
  • Sociedad Argentina de Cardiología
  • Federación Argentina de Cardiología
  • SIAC
  • SADEC
  • Asociación Argentina de Cardiología
  • Latin American Heart Rhythm Society
  • Fundación Barceló - Facultad de Medicina