Un grupo de Investigadores de Canadá, Bélgica, Italia y EEUU publicó en abril de 2019 en The Canadian Journal of Cardiology los resultados de un estudio prospectivo efectuado en más de 300 pacientes en el que analizaron la presencia y la magnitud de la insuficiencia tricuspídea resultante del implante de dispositivos de ritmo cardíaco con electrodos permanentes*.
Los autores expresan en la introducción de su investigación que la regurgitación tricuspídea leve (TR por sus siglas en inglés) es un hallazgo común en la ecocardiografía transtorácica y es poco probable que sea clínicamente relevante; sin embargo, cuando es de grado moderado o severo es más probable que tenga trascendencia clínica y puede estar asociada con una reducción de la supervivencia a largo plazo.
En estudios retrospectivos, la implantación de un dispositivo de ritmo cardíaco (CRD por sus siglas en inglés) usando un electrodo endocárdico se asoció con un 10% a 35 % de incidencia de progresión a TR moderada o severa.
En ese sentido un estudio retrospectivo realizado previamente por estos autores informó una progresión a TR moderada o severa del 11% después de la implantación permanente de un electrodo endocárdico, mientras que la terapia de resincronización cardíaca pareció prevenir esta progresión.
Asimismo, algunos estudios prospectivos pequeños (el más grande incluyó 61 pacientes) informaron una progresión más baja pero variable hacia una TR moderada o severa (0% a 10%).
Por lo tanto, existe incertidumbre en cuanto a la presencia y la magnitud de un posible asociación de TR moderada o grave vinculada a la inserción de estos dispositivos con electrodos endocárdicos.
En la era actual de indicaciones en expansión de CRD y el desarrollo reciente de dispositivos sin cables y subcutáneos, se necesita una mejor comprensión de la incidencia y relevancia clínica de la insuficiencia tricuspídea asociada a los electrodos.
Por lo tanto, se llevó adelante este estudio prospectivo en el que se planteó la hipótesis de que la implantación de CRD aumentaría la gravedad de la TR.
Para ello se incluyeron prospectivamente pacientes consecutivos con una indicación clínica de CRD. Todos ellos fueron sometidos a ecocardiografía transtorácica 1 mes antes y 1 año después de la implantación del dispositivo.
Un total de 328 pacientes fueron reclutados prospectivamente (69 ± 15 años, 38% mujeres). Se realizaron ecocardiogramas antes y 1 año después del implante en 290 pacientes (15 fallecieron, 23 perdidos durante el seguimiento).
En comparación con lo observado al inicio del estudio, hubo un cambio significativo en el grado de TR 1 año después de la inserción de CRD (ausencia o trivial TR: 66% frente a 29%; TR leve: 29% frente a 61%; TR moderada: 3% frente a 8%; TR grave 2% vs 2%; P <0.001 para un aumento de TR en al menos 1 grado).
En comparación con el valor inicial, hubo una mayor prevalencia de TR moderada o grave en los 247 pacientes con CRD sin terapia de resincronización cardíaca (4% frente a 10%, P = 0,004), pero no hubo progresión en los 43 pacientes que recibieron terapia de resincronización cardíaca (14 % vs 11%, P = 1).
El análisis multivariable en los pacientes con TR inferior a moderada al inicio (n = 274) mostró que solo un historial de fibrilación auricular se asoció independientemente con la progresión a TR moderada o grave después de la corrección para el grado de TR inicial (P = 0.013).
Como conclusiones, los investigadores expresan que un año después de la inserción del electrodo endocárdico, hubo un aumento del 5% en la prevalencia de TR moderada o grave, lo que puede ser clínicamente relevante.
* Van De Heyning CM, Elbarasi E, Masiero S, Brambatti M, Ghazal S, Al-Maashani S, Capucci A, Leong D, Shivalkar B, Saenen JB, Miljoen HP, Morillo CA, Divarakarmenon S, Amit G, Ribas S, Baiocco E, Maolo A, Romandini A, Maffei S, Connolly SJ, Healey JS, Dokainish H. Prospective Study of Tricuspid Regurgitation Associated With Permanent Leads After Cardiac Rhythm Device Implantation. Can J Cardiol. 2019 Apr;35(4):389-395. doi: 10.1016/j.cjca.2018.11.014. Epub 2018 Nov 29.